Como actuar en caso Accidente Deportivo Golf

La RFEG ha renovado con la Empresa Aseguradora Allianz Seguros las pólizas de seguro adjuntas a la licencia deportiva de los federados.

Ver documentacion RFEG: https://rfegolf.es/rfeg/poliza-federado

Estas pólizas de seguros cubren los accidentes de los federados (046557680) sufridos con motivo de la práctica deportiva y la responsabilidad civil (046540082) que dichos federados causen con motivo de dicha práctica. Todo ello, en los términos previstos por el Real Decreto 849/1993, de 4 de junio, por el que se determina las prestaciones mínimas del Seguro Obligatorio Deportivo, así como de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro.

La Federación Vasca de Golf, para sus federados, tiene contratadas sus propias pólizas específicas (046557671 para accidentes y 046538919 para responsabilidad civil) con las mismas coberturas y garantías que las de la RFEG.

Rogamos presten especial atención a:

  • · los Protocolos de actuación y;
  • · los Partes de comunicación

Pues en caso contrario Allianz no se hará cargo de las coberturas.
Recordamos a todos los Clubes/Campos de Golf e instalaciones deportivas federadas que la responsabilidad civil causada con motivo de la conducción/utilización de los buggies/coches de golf NO está incluida en estas pólizas, motivo por el que RECOMENDAMOS que aquellos que los tengan en propiedad, en régimen de renting o leasing, procedan a suscribir una PÓLIZA DE SEGUROS que cubra la responsabilidad que conlleva dicha utilización/uso.

Fraudes / estadísticas: Al objeto de la prevención de posibles fraudes que encarezcan las pólizas a los federados y además por motivos estadísticos, ALLIANZ llevará a cabo un registro del número de partes tramitadas. Por este motivo es OBLIGATORIO PARA LOS CLUBES/CAMPOS DE GOLF E INSTALACIONES DEPORTIVAS FEDERADAS, CONSERVAR LOS PARTES TRAMITADOS, al menos durante UN AÑO, después de la comunicación del mismo a la Cía. aseguradora.

Tipos de Pólizas:

Póliza de Responsabilidad Civil

¿A quién cubre?
A los federados de golf con licencia de vigor de la RFEG (amateurs y profesionales) durante la práctica deportiva.

¿Qué cubre?
Daños corporales o materiales causados por el federado de golf con licencia de vigor de la RFEG (amateurs y profesionales) durante la práctica deportiva (dentro de los límites económicos suscritos) en España en campos asociados a la RFEG y en el extranjero en cualquier campo de golf del mundo. Por ejemplo:

  • – pelotazos a otro federado, a un no federado…. (daño corporal).
  • – pelotazos a una casa, a un coche…. (daño material).

Es decir, cubre al federado frente a las reclamaciones de terceros por daños – corporales o materiales – causados con motivo de la práctica deportiva.

¿Quién es un tercero? (ver definición de tercero – pág. 5 de la póliza)
Propietarios de casas colindantes a campos de golf. Propietarios de instalaciones y campos de golf federados. Espectadores y caddies. Otros federados; incluidos aquellos que respecto del causante del daño sean cónyuges o familiares consanguíneos o afines, hasta segundo grado.

¿A quién no cubre?
Federados vascos y licencias temporales – tienen su propia póliza. No federados en la RFEG.

¿Cómo actuar?
Seguir las indicaciones del PROTOCOLO de actuación de RC (ver doc. más abajo).

Documentos relacionados:

Sólo los deportistas NO RESIDENTES, que no estén en posesión de la licencia anual federativa en vigor en España, podrán obtener la correspondiente LICENCIA TEMPORAL que expide esta Federación de Golf de la Comunitat Valenciana, para uso exclusivo en su ámbito autonómico, en la que tiene competencias sobre la modalidad deportiva del deporte del Golf y sobre la especialidad de Pitch & Putt.

La licencia temporal incluye un seguro que en el caso de la licencia diaria da cobertura para el día de la fecha, de los riesgos derivados de la práctica del deporte del Golf, en las instalaciones federadas dentro del ámbito autonómico de la Comunidad Valenciana, desde el momento de expedición de la licencia deportiva.

Cubre los riesgos para la salud, en los términos previstos por el Real Decreto 849/1993, de 4 de Junio, por el que se determina las prestaciones mínimas del Seguro Obligatorio Deportivo.

Prestaciones garantizadas de acuerdo con la póliza de Seguro de Accidentes y Responsabilidad Civil concertada con la Compañía REALE Seguros Generales, S.A.

En caso de accidente o en siniestros de responsabilidad civil, proceder según las normas de actuación que establece la Compañía. Imprescindible cumplimentar el parte de aviso de accidentes o el de siniestro en la propia Entidad Deportiva y enviar por fax, así como llamar por teléfono para la comunicación inmediata después de su ocurrencia.