Como actuar en caso Accidente Deportivo Golf
La RFEG ha renovado con la Empresa Aseguradora Allianz Seguros las pólizas de seguro adjuntas a la licencia deportiva de los federados.
Ver documentacion RFEG: https://rfegolf.es/rfeg/poliza-federado
Estas pólizas de seguros cubren los accidentes de los federados (046557680) sufridos con motivo de la práctica deportiva y la responsabilidad civil (046540082) que dichos federados causen con motivo de dicha práctica. Todo ello, en los términos previstos por el Real Decreto 849/1993, de 4 de junio, por el que se determina las prestaciones mínimas del Seguro Obligatorio Deportivo, así como de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro.
La Federación Vasca de Golf, para sus federados, tiene contratadas sus propias pólizas específicas (046557671 para accidentes y 046538919 para responsabilidad civil) con las mismas coberturas y garantías que las de la RFEG.
Rogamos presten especial atención a:
- · los Protocolos de actuación y;
- · los Partes de comunicación
Pues en caso contrario Allianz no se hará cargo de las coberturas.
Recordamos a todos los Clubes/Campos de Golf e instalaciones deportivas federadas que la responsabilidad civil causada con motivo de la conducción/utilización de los buggies/coches de golf NO está incluida en estas pólizas, motivo por el que RECOMENDAMOS que aquellos que los tengan en propiedad, en régimen de renting o leasing, procedan a suscribir una PÓLIZA DE SEGUROS que cubra la responsabilidad que conlleva dicha utilización/uso.
Fraudes / estadísticas: Al objeto de la prevención de posibles fraudes que encarezcan las pólizas a los federados y además por motivos estadísticos, ALLIANZ llevará a cabo un registro del número de partes tramitadas. Por este motivo es OBLIGATORIO PARA LOS CLUBES/CAMPOS DE GOLF E INSTALACIONES DEPORTIVAS FEDERADAS, CONSERVAR LOS PARTES TRAMITADOS, al menos durante UN AÑO, después de la comunicación del mismo a la Cía. aseguradora.
Documentos relacionados:
Tipos de Pólizas:
Póliza de Responsabilidad Civil
¿A quién cubre?
A los federados de golf con licencia de vigor de la RFEG (amateurs y profesionales) durante la práctica deportiva.
¿Qué cubre?
Daños corporales o materiales causados por el federado de golf con licencia de vigor de la RFEG (amateurs y profesionales) durante la práctica deportiva (dentro de los límites económicos suscritos) en España en campos asociados a la RFEG y en el extranjero en cualquier campo de golf del mundo. Por ejemplo:
- – pelotazos a otro federado, a un no federado…. (daño corporal).
- – pelotazos a una casa, a un coche…. (daño material).
Es decir, cubre al federado frente a las reclamaciones de terceros por daños – corporales o materiales – causados con motivo de la práctica deportiva.
¿Quién es un tercero? (ver definición de tercero – pág. 5 de la póliza)
Propietarios de casas colindantes a campos de golf. Propietarios de instalaciones y campos de golf federados. Espectadores y caddies. Otros federados; incluidos aquellos que respecto del causante del daño sean cónyuges o familiares consanguíneos o afines, hasta segundo grado.
¿A quién no cubre?
Federados vascos y licencias temporales – tienen su propia póliza. No federados en la RFEG.
¿Cómo actuar?
Seguir las indicaciones del PROTOCOLO de actuación de RC (ver doc. más abajo).
